Declaración Cumplimiento de los Requisitos Laborales

La dirección de MARTÍN CALLEJA DECLARA que en la organización se cumplen todos los requisitos laborales fundamentales, y en concreto, en relación con los puntos siguientes, DECLARA:

TRABAJO INFANTIL
MARTÍN CALLEJA no utiliza mano de obra infantil.
MARTÍN CALLEJA, de manera general, no emplea a trabajadores menores de 18 años.
Cuando en alguna situación excepcional se contraten personas entre 16 y 18 años (situación permitida en la legislación española bajo determinadas condiciones), dicho empleo se regirá por lo indicado en la legislación vigente y, en concreto, no deberá interferir con la asistencia a actividades formativas del trabajador, ni resultar dañino para su salud o desarrollo. En particular, cuando el trabajador esté asistiendo a actividades formativas, el trabajo que realice en la organización deberá ser fuera del horario lectivo y durante un horario laboral normal diurno.
Ninguna persona menor de 18 años estará empleada en trabajo peligroso o pesado, con excepción de aquel cuyo objetivo sea la capacitación del trabajador, dentro de las leyes o reglamentos nacionales aprobados.
MARTÍN CALLEJA prohíbe rotundamente cualquier forma de trabajo infantil en su organización.

TRABAJO FORZOSO
MARTÍN CALLEJA está en contra de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio.
Las relaciones de empleo en MARTÍN CALLEJA son voluntarias y se basan en el consentimiento mutuo, sin la amenaza de castigo.
En MARTÍN CALLEJA no se producen ni se han detectado prácticas que indiquen trabajo forzoso u obligatorio, incluyendo, entre otros:
• violencia física o sexual;
• trabajo en condiciones de servidumbre;
• retención de salarios / incluyendo el pago de honorarios por concepto del empleo y/o el pago de un depósito para comenzar a trabajar;
• restricción de movilidad/movimiento;
• retención del pasaporte y de los documentos de identidad;
• amenazas de denuncia a las autoridades.
MARTÍN CALLEJA prohíbe rotundamente cualquier forma de trabajo forzoso en su organización.

DISCRIMINACIÓN EN EL EMPLEO Y LA OCUPACIÓN
MARTÍN CALLEJA está en contra de toda forma de discriminación en el empleo y la ocupación.
Las prácticas de empleo y ocupación aplicadas en MARTÍN CALLEJA son no discriminatorias.
MARTÍN CALLEJA prohíbe rotundamente cualquier forma de discriminación en el empleo en su organización.

LIBERTAD SINDICAL Y DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

MARTÍN CALLEJA respeta la libertad sindical y el derecho efectivo a la negociación colectiva, y en concreto:
• Los trabajadores pueden crear o unirse a organizaciones de trabajadores de su elección.
• La organización respeta la plena libertad de las organizaciones de trabajadores para redactar sus propias constituciones y normas.
• La organización respeta los derechos de los trabajadores de dedicarse a actividades legales relacionadas con la creación, afiliación o asistencia a la organización de trabajadores, o abstenerse de hacerlo y no discriminará ni castigará a los trabajadores por ejercer estos derechos.
• MARTÍN CALLEJA negocia con las organizaciones de trabajadores legalmente establecidas y/o sus representantes elegidos de buena fe y haciendo el mayor esfuerzo por alcanzar dicho convenio sobre la negociación colectiva.
• Los convenios sobre la negociación colectiva se implementan, siempre que existan.

 

Juan Martín Calleja
Gerente
Íscar (Valladolid)
Abril / 2023